El Supremo considera que no existe un «impuesto al sol» como tal sino una contribución a los costes del sistema cuando un autoconsumidor, además de utilizar la energía generada por él mismo, dispone del respaldo del sistema eléctrico, según una sentencia dictada por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, a la que ha tenido acceso Efe.

En este sentido, el Alto Tribunal subraya que «el autoconsumidor que depende exclusivamente de su propia energía y que no está conectado al sistema eléctrico no paga nada».

Según la sentencia, el sujeto que consume electricidad generada por él mismo pero que está conectado al sistema eléctrico «paga por los mismos conceptos» que un usuario que no autoconsume «pero con determinadas modulaciones debidas a la peculiaridad de su perfil de consumidor».

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